Un derrame de aceite en un taller se cubre con sepiolita, se recoge y desaparece del suelo en cuestión de minutos. Pero la realidad es que el problema no termina ahí. Ese absorbente, igual que los trapos utilizados para limpiar combustible, determinados filtros o la tierra impregnada tras una fuga, puede haberse convertido en un residuo peligroso.
Y aquí es donde muchas empresas cometen el primer error: guardarlo junto con otros residuos o entregarlo sin haber identificado correctamente su código LER. La clasificación depende de qué material es, de dónde procede y, sobre todo, de las sustancias que contiene.
Para talleres, industrias, empresas logísticas, estaciones de servicio o explotaciones con maquinaria, hacerlo bien implica controlar todo el proceso: clasificación, almacenamiento, etiquetado, documentación y entrega a un gestor autorizado.
¿Qué son los absorbentes contaminados con hidrocarburos?

Cuando se produce un derrame de gasoil, aceite, lubricante u otro producto químico, es normal utilizar materiales capaces de absorberlo rápidamente.
Entre los productos más comunes podemos encontrar:
- Sepiolita.
- Tierras de diatomeas.
- Almohadillas y mantas absorbentes.
- Granulados minerales.
- Trapos y bayetas.
- Materiales de filtración.
- Equipos de protección contaminados.
El absorbente puede ser inocuo antes de utilizarlo. El problema aparece cuando entra en contacto con una sustancia peligrosa.
Un trapo limpio no es un residuo peligroso por el simple hecho de ser un trapo. Pero si se utiliza para retirar aceite combustible, disolvente u otra sustancia peligrosa, su clasificación puede cambiar completamente.
Lo mismo ocurre con la tierra: una excavación normal no tiene el mismo tratamiento que un suelo excavado tras una fuga de hidrocarburos.
Código LER 15 02 02*: el habitual para absorbentes y trapos contaminados

La Lista Europea de Residuos permite identificar cada residuo mediante un código de seis cifras. Cuando aparece acompañado de un asterisco, está clasificado como peligroso.
En este tipo de trabajos hay varios códigos especialmente habituales:
| Código LER | Descripción | Consideración |
| 15 02 02* | Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas | Peligroso |
| 15 02 03 | Los mismos materiales, distintos de los incluidos en 15 02 02* | No peligroso |
| 17 05 03* | Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas | Peligroso |
| 17 05 04 | Tierra y piedras distintas de las incluidas en 17 05 03* | No peligroso |
| 16 07 08* | Residuos que contienen hidrocarburos procedentes de la limpieza de cisternas, depósitos y cubas | Peligroso |
El LER 15 02 02* es uno de los más frecuentes en talleres e instalaciones industriales. Incluye absorbentes, materiales de filtración, trapos y prendas protectoras contaminados con sustancias peligrosas.
Su código equivalente cuando esos materiales no están contaminados por sustancias peligrosas es el 15 02 03.
Si bien la diferencia parece pequeña, legalmente cambia la forma de almacenar, transportar, documentar y tratar el residuo.
¿Los filtros de aceite también son 15 02 02*?
En esta parte es extremadamente importante prestar atención al origen. La descripción del 15 02 02* incluye materiales de filtración y menciona los filtros de aceite que no estén especificados en otra categoría. Sin embargo, la Lista Europea de Residuos contiene también el 16 01 07* para filtros de aceite procedentes de vehículos fuera de uso y del mantenimiento de vehículos.
Por eso, no conviene asignar el 15 02 02* automáticamente cualquier filtro manchado de aceite. Primero hay que identificar la actividad que lo genera y buscar el código más específico.
Esa misma regla se aplica al resto de residuos: el LER se determina por el origen y por las características del material, no únicamente por su apariencia.
Tierras contaminadas con hidrocarburos: 17 05 03* o 17 05 04

Imaginemos que una tubería de gasoil presenta una fuga debajo de una nave. Se repara la avería, pero durante la intervención hay que retirar varios metros cúbicos de tierra impregnada. Una vez excavado y destinado a gestión, ese material debe caracterizarse correctamente.
El código 17 05 03* corresponde a tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas. Por su parte, el 17 05 04 se reserva para aquellas que no presentan esa contaminación peligrosa.
Eso sí, no siempre se puede decidir a simple vista. Una tierra oscura o con olor a combustible puede hacer sospechar que existe contaminación, pero para poder determinar correctamente su composición y sus características de peligrosidad puede ser necesario realizar una toma de muestras y una analítica.
Esto es especialmente importante cuando se manejan grandes cantidades. Clasificar una tierra contaminada como no peligrosa para abaratar su gestión puede acabar generando un problema muchísimo mayor.
Limpieza de cisternas y depósitos: ¿cuándo aparece el LER 16 07 08*?

Hay otro código que suele generar confusión: el 16 07 08*. Este código corresponde a residuos que contienen hidrocarburos procedentes de la limpieza de cisternas de transporte, depósitos de almacenamiento y cubas, salvo aquellos que deben encuadrarse en capítulos más específicos de la lista.
Por ejemplo, durante la limpieza de un depósito de combustible pueden generarse mezclas de lodos, hidrocarburos y agua que no tienen nada que ver con un simple trapo contaminado.
En ese tipo de trabajos es necesario estudiar por separado los distintos residuos generados y asignar a cada uno su código correcto.
Si hay dudas, hay que clasificar antes de retirar

Una de las peores formas de actuar es elegir un código LER únicamente porque “siempre se ha usado ese”. Algunos residuos tienen códigos que funcionan como entradas alternativas:
- Una para materiales con sustancias peligrosas.
- Otra para los que no presentan esas características.
En ese tipo de casos, hay que conocer la composición para decidir correctamente. La información puede obtenerse a partir de:
- Fichas de datos de seguridad de los productos.
- Proceso que ha originado el residuo.
- Historial de la instalación.
- Concentración de contaminantes.
- Caracterización o análisis de laboratorio cuando sea necesario.
Si existen dudas razonables, conviene resolverlas antes de mezclar el residuo, transportarlo o entregarlo al gestor.
¿Cómo almacenar absorbentes y trapos contaminados?

La Ley 7/2022 establece requisitos específicos para el almacenamiento de residuos peligrosos en el lugar donde se producen.
La zona debe estar habilitada e identificada, mantenerse en condiciones adecuadas de higiene y seguridad y, cuando se almacenan residuos peligrosos, encontrarse protegida de la intemperie y disponer de sistemas para contener posibles derrames.
Esto no significa que una bolsa abierta junto al contenedor de basura no sea una solución válida para guardar absorbentes impregnados de aceite.
Lo común es hacer uso de bidones, recipientes o contenedores compatibles con el residuo y mantenerlos correctamente cerrados.
Además, residuos distintos no deben mezclarse simplemente para ahorrar espacio. La Ley prohíbe mezclar o diluir residuos peligrosos en otras categorías de residuos, sustancias o materiales, salvo en los supuestos expresamente permitidos.
El etiquetado también importa
Los recipientes que contienen residuos peligrosos deben estar identificados de forma clara, visible, legible e indeleble.
La etiqueta debe incluir, entre otros datos, lo siguiente:
- Código y descripción del residuo.
- Características de peligrosidad.
- Datos y NIMA del productor.
- Fecha de inicio del almacenamiento.
- Pictogramas correspondientes a los peligros presentes.
La fecha no es un detalle menor. Es la que permite controlar cuánto tiempo lleva almacenado el residuo.
Un bidón correctamente cerrado pero sin identificar puede provocar errores internos, mezclas accidentales y problemas durante una inspección.
Los residuos peligrosos no pueden guardarse indefinidamente
El plazo general máximo de almacenamiento de residuos peligrosos en lugar de producción es de seis meses.
La comunidad autónoma puede ampliar ese periodo como máximo otros seis meses, pero únicamente en situaciones excepcionales, por causas justificadas y siempre que se garantice la protección de la salud y del medio ambiente.
Por tanto, no existe una ampliación automática hasta los dos meses por generar poca cantidad.
Una empresa que llena muy lentamente un bidón de absorbentes no debería esperar a superar los seis meses para organizar la retirada simplemente porque todavía queda espacio.
La documentación no termina cuando llega el camión
Entregar los residuos a una empresa externa tampoco elimina las obligaciones del productor. Antes de la retirada debe existir un circuito de gestión bien definido y el residuo tiene que entregarse a operadores habilitados para transportarlo y tratarlo.
Los traslados están sujetos al Real Decreto 553/2020. Todo traslado de residuos debe ir acompañado de un Documento de Identificación (DI) y, en el caso de residuos peligrosos, se exige también notificación previa en los supuestos establecidos por la normativa. Además, debe existir un contrato de tratamiento antes del traslado.
El productor debería conservar la documentación que permita demostrar:
- Qué residuo se retiró.
- En qué cantidad.
- Qué código LER tenía.
- Quién lo transportó.
- A qué instalación se entregó.
- Sí fue aceptado.
- Qué tratamiento estaba previsto.
Si mañana llega una inspección, decir “se lo llevó el gestor” no es suficiente.
Archivo cronológico y memoria anual
Los productores de residuos peligrosos deben mantener un archivo cronológico electrónico con la información de los residuos generados y gestionarlos.
Debe reflejar datos como cantidades, naturaleza, origen, destino, fecha de recogida, medio de transporte y tratamiento previsto cuando corresponda. Esta información tiene que conservarse durante al menos cinco años.
Además, los productores de residuos peligrosos deben presentar antes del 1 de marzo la memoria resumen correspondiente al año anterior.
Es importante que los documentos de traslado y el archivo cronológico estén bien mantenidos durante todo el año. Dejar toda la documentación para febrero suele acabar en cantidades que no cuadran, documentos que faltan o residuos cuya salida no se puede justificar.
El plan de minimización no se le exige a todos
La Ley 7/2022 también obliga a determinados productores de residuos peligrosos a contar con un plan de minimización que explique cómo reducirán tanto la cantidad generada como su peligrosidad.
Sin embargo, hay una excepción importante: los centros productores que generan menos de 10 toneladas de residuos peligrosos al año están exentos de esta obligación.
También existen otras excepciones para determinadas empresas de instalación y mantenimiento y para productores con sistemas ambientales equivalentes que ya incorporen medidas de minimización.
Los productores obligados deben mantener el plan disponible para la Administración e informar cada cuatro años de sus resultados.
¿Qué cambia si tu empresa está en Cataluña?
En Cataluña, todos los centros que producen residuos peligrosos deben inscribirse en el Registro general de personas productoras de residuos, independientemente de su actividad o de la cantidad generada.
La Agència de Residus de Catalunya utiliza la plataforma SDR para buena parte de estos trámites y mantiene documentación propia de control, como fichas de aceptación y hojas de seguimiento según corresponda.
Además, las actividades industriales incluidas en determinados epígrafes deben presentar la Declaració Anual de Residus Industrials (DARI).
De igual forma, es imprescindible aclarar algo: si el productor presenta la DARI porque está obligado a ello, esta declaración sirve también para cumplir la obligación estatal de memoria anual de residuos peligrosos.
Los productores peligrosos que no estén sujetos a DARI deben comprobar la memoria anual específica de la ARC y sus plazos.
¿Y si la empresa está en Aragón?
En Aragón, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental gestiona las comunicaciones y autorizaciones relacionadas con la producción y gestión de residuos.
El productor debe estar correctamente inscrito, disponer de su NIMA y mantener actualizada la información sobre los residuos peligrosos que genera.
Para los traslados se aplican las reglas del Real Decreto 553/2020 y los procedimientos electrónicos habilitados por la Administración para tramitar las notificaciones y documentos de identificación.
Tanto en Aragón como en Cataluña, antes de entregar un residuo, conviene comprobar que el transportista está registrado y que la instalación receptora tiene autorizado ese tipo de residuo específico.
Errores frecuentes con absorbentes contaminados

En la práctica, muchos problemas se repiten. Uno de ellos es tirar los trapos o la sepiolita impregnada al contenedor de residuos industriales ordinarios porque la cantidad parece pequeña.
También son habituales estos fallos:
- Asignar siempre el mismo LER sin comprobar el origen.
- Mezclar absorbentes con envases, filtros y otros residuos.
- Utilizar recipientes abiertos.
- No indicar la fecha de inicio de almacenamiento.
- Superar los seis meses esperando a llenar el contenedor.
- Entregar los residuos a un transportista sin comprobar su inscripción.
- No conservar el DI o la documentación de aceptación.
- Clasificar tierras contaminadas sin caracterización suficiente.
Un pequeño derrame puede generar pocos kilos de residuo, pero eso no elimina las obligaciones asociadas a su peligrosidad.
Gruyser y Ecoadeso se encargan de la recogida y gestión
Gestionar correctamente absorbentes, filtros, trapos o hidrocarburos contaminados no debería obligar a la empresa a improvisar cada vez que se llena un bidón.
En Gruyser contamos con una autorización como transportista de residuos peligrosos y podemos organizar la recogida y traslado de estos materiales mediante medios adaptados al tipo de residuo.
Por otro lado, con Ecoadeso disponemos en Fraga de una planta autorizada para la gestión de residuos peligrosos, donde se reciben y gestionan, dentro de sus autorizaciones, materiales como aceites usados, filtros, absorbentes, hidrocarburos y otros residuos contaminados.
Además de retirar el material, contar con operadores autorizados permite mantener ordenada la trazabilidad documental. Para un taller, una industria o una explotación con maquinaria, esa es la diferencia entre limitarse a sacar un residuo de las instalaciones y poder demostrar qué se hizo realmente con él.
